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Fiscalía de Delitos Contra el Ambiente y Fiscalía de Delitos Contra el Patrimonio Cultural de la Nación

FISCALIAS DE DELITOS CONTRA EL AMBIENTE

Tendrá a su cargo la investigación y el ejercicio de la persecución penal en todos aquellos delitos cuyo bien jurídico tutelado sea el medio ambiente. (Teoría coercitiva).
Además de su función de persecución penal, esta fiscalía ha coordinado sus acciones con instituciones que velan por la conservación y protección del medio ambiente. Los principales delitos denunciados continúan siendo: contra los recursos forestales, contaminación de agua etc.


La fiscalía de delitos contra el ambiente fue creada en el año de 1994 por la necesidad de accionar en contra de aquellos que atenten en contra del ambiente, en virtud a que con anterioridad a la tipificación de los delitos ambientales. Por lo que la fiscalía al ser creada en el año de 1994 encuadro su área de trabajo en materia forestal tal y como lo estableció el artículo 347 del código penal y la ley forestal anterior. Sin embargo en cuanto entraron en vigencia los articulo 347 A “contaminación” y 347 B “contaminación industrial del código penal, la fiscalía amplio su área de trabajo coadyuvando con otras instancias, tales como el Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. 


FISCALIA DE DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION
Esta fiscalía tiene competencia para investigar y perseguir penalmente los delitos contra el patrimonio cultural que se cometan en todo el territorio nacional. Está ubicada en Antigua Guatemala y cuenta con la sede adjunta en peten. Esta Fiscalía se crea según Acuerdo 002-2003, la cual tiene competencia para investigar y perseguir penalmente los delitos contra el patrimonio cultural que se cometan en todo el territorio nacional.


Acceso a la Justicia Ambiental 

a) Cualquier ciudadano puede poner denuncia por contaminación ambiental, por lo que el acceso es amplio. El ciudadano puede poner su denuncia ante cualquier comisaría de la Policía Nacional Civil, Municipalidades, Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, juzgados y oficinas del Ministerio Publico. 

b) Existe la Fiscalía de Delitos contra el Ambiente, Juzgado de primera instancia de Delitos Contra el Ambiente. La Fiscalía de delitos contra el ambiente cuenta con un fiscal de distrito, el cual tiene fiscales de sección y fiscalías en el interior del país. Los juzgados son juzgados de primera instancia que están adjunto a los penales y de narcoactividad. 

c) Existe el mecanismo administrativo que busca que todas las entidades, obras, industrias o actividades deben obtener un estudio de impacto ambiental o instrumento ambiental que ampare dicho proceso. El delito ambiental se encuentra contenido dentro del proceso penal en virtud que el delito de contaminación ambiental está tipificado como delito.

Ley de pesca y acuicultura

DIPESCA  DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD DE LA PESCA Y ACUICULTURA


¿QUÉ ES DIPESCA?


 La DIPESCA es la autoridad competente de la administración de los recursos hidrobiológicos y de la aplicación de la Ley General de Pesca y Acuicultura, su reglamento y disposiciones técnicas relacionadas con la pesca y acuicultura, tales como acuerdos ministeriales que establecen medidas de ordenación pesquera. Asimismo, la DIPESCA es la autoridad que da seguimiento a las recomendaciones, resoluciones y reglamentos adoptados por organizaciones regionales de ordenación pesquera, convenios internacionales y acuerdos de pesca y acuicultura a nivel de la Secretaría de Integración Centroamericana –SICA-.

MISIÓN

Impulsar y ordenar la actividad pesquera y acuícola para alcanzar el aprovechamiento sustentable de los recursos hidrobiológicos, a través del cumplimiento de la normativa legal, la coordinación interinstitucional, la ejecución de programas, proyectos, la investigación científica para contribuir a la seguridad alimentaria y al desarrollo económico-social de la población guatemalteca.

VISIÓN
Ser la institución líder de alto nivel tecnológico y científico que promueve el aprovechamiento sustentable de los recursos hidrobiológicos mediante la aplicación de la normativa legal; el desarrollo y ejecución de estrategias para la implementación de la política pesquera y acuícola, Dirección de Normatividad de la Pesca y Acuicultura, fundamenta su actuación en la eficiencia, honradez, responsabilidad, ética, equidad e independencia.
OBJETIVO

Administrar los recursos hidrobiológicos nacionales, a través de planes, estrategias, programas y acciones que permitan el aprovechamiento sostenible de los mismos, así como vigilar por la correcta aplicación de las disposiciones normativas y legales pesqueras.


Atribuciones:


Administrar los recursos hidrobiológicos nacionales, a través de planes, estrategias, programas y acciones que permitan el aprovechamiento sostenible de los mismos, así como vigilar la correcta administración de las disposiciones normativas y legales en materia hidrobiológica.
Velar por el cumplimiento de la normativa legal pesquera y acuícola.
Proponer a la entidad responsable, la normativa que permita el efectivo control sobre la explotación sostenible de los recursos hidrobiológicos.

Implementar las políticas y estrategias que defina el Ministerio en materia de hidrobiológicos.

Establecer y mantener actualizados los registros y controles sobre la actividad y los recursos hidrobiológicos marítimos y continentales.




Ministerio de Salud Publica

El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social es uno de los catorce ministerios que conforman el Organismo Ejecutivo del Gobierno de Guatemala, bajo la dirección del presidente de la República de Guatemala. Su misión es garantizar el ejercicio del derecho a la salud de las y los habitantes del país, ejerciendo la rectoría del sector salud a través de la conducción, coordinación, y regulación de la prestación de servicios de salud, y control del financiamiento y administración de los recursos, orientados al trato humano para la promoción de la salud, prevención de la enfermedad, recuperación y rehabilitación de las personas.  El artículo 95 de la Constitución Política de Guatemala establece que "la salud es un bien público. La salud de los habitantes de la nación es un bien público. Todas las personas e instituciones están obligadas a velar por su conservación y reestablecimiento
Funciones

De acuerdo con “Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social” (s.f.), con base en el Artículo 39 de la Ley del Organismo Ejecutivo, sus funciones son:

- Formular y dar seguimiento a la política y los planes de salud pública y, administrar, descentralizadamente, los programas de promoción, prevención, rehabilitación y recuperación de la salud, propiciando a su vez la participación pública y privada en dichos procesos y nuevas formas de financiamiento y mecanismos de fiscalización social descentralizados.

- Proponer las normas técnicas para la prestación de servicios de salud y coordinar con el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda las propuestas de normas técnicas para la infraestructura del sector.

- Proponer la normativa de saneamiento ambiental y vigilar su aplicación.

- Realizar estudios y proponer las directrices para la ejecución de programas de vigilancia y control epidemiológico.

- Administrar en forma descentralizada el sistema de capacitación y formación de recursos humanos en el sector salud.

- Velar por el cumplimiento de los tratados y convenios internacionales relacionados con la salud en casos de emergencia por epidemias y desastres naturales.